2.En centros diurnos de horario complementario, donde los niños pueden jugar y hacer sus tareas escolares y donde también se les da de comer, se atiende a niños de edad escolar cuyo horario en la escuela es más corto que el de sus padres en el trabajo.
3.Para garantizar a la trabajadora condiciones de trabajo seguras, el empleador puede facilitar temporalmente las condiciones de trabajo, cambiar la organización de las tareas (incluido un día de trabajo más corto y con recesos adecuados) o asignar temporalmente a la trabajadora a un trabajo diurno o vespertino.